El OBSERVADOR: CON LA PRESENCIA DEL INTENDENTE, SE DESAPRUEBA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO 2015

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lunes, mayo 30, 2016

CON LA PRESENCIA DEL INTENDENTE, SE DESAPRUEBA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO 2015

Nedela presentó ante el Concejo Deliberante los resultados de la Auditoría de Expedientes y Bienes del Municipio

El intendente municipal de Berisso Jorge Nedela, presentó ante los concejales del distrito, resultados de la Auditoría de Expedientes e Inventario de Bienes Físicos, solicitada a la Facultad de Ciencias Económicas de la UNLP.
El jefe comunal berissense llegó hasta el recinto de sesiones cerca de las 14:00 horas, en el que los ediles se aprestaban a dar tratamiento a la Rendición de Cuentas del año 2015, la que más tarde sería desaprobada por el Cuerpo Deliberativo. Haciendo uso de las facultades que le otorga la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, expuso datos de los resultados arrojados por la Auditoría efectuada a las actuaciones llevadas a cabo por la anterior gestión comunal. Entre los puntos más sobresalientes, en el informe se observó la realización de compras de manera directa sin convocar a procesos de licitación cuando los casos así lo aconsejaban, el pago de servicios, materiales y otros elementos sin los contratos pertinentes, como así también la precaria situación del parque automotor.
Con respecto al tema central de su exposición, el Intendente berissense dijo: “La rendición de las cuentas del Municipio era algo que estaba esperando la población. Durante la Campaña adelantamos que íbamos a realizar una auditoría para trasparentar las cuentas del Municipio. Se trata de una obligación legal y moral”.

Entre los pasajes de su descripción, Nedela hizo hincapié en el estado en el que se encontraron las herramientas y maquinarias del Municipio. En este sentido, dijo: “Basta con recorrer las Delegaciones o el Corralón Municipal para dar cuenta del panorama complicado en el que se encuentran los camiones de recolección de residuos, compactadores y maquinarias para la limpieza de la ciudad”, e invitó a los ediles a comprobar el estado de las mismas.
“Es una situación crítica” definió, “pero es importante marcar una visión esperanzadora que la gente tenga confianza que esta situación con transparencia y honestidad se puede reconducir y llevar  buen puerto”.
Ante las condiciones en la que fue recibido el Municipio en términos materiales, económicos y de recursos humanos, “se calcula que el déficit hallado supera los 75 millones de pesos”.

Pedido de remoción del jefe de Compras, Tesorero y Contador

En la oportunidad, el intendente informó a los concejales que desde el bloque Cambiemos, se pedirá el tratamiento de la remoción de los actuales responsables de la Jefatura de Compras, Tesorería y Contaduría.
Esta solicitud se basa en que estos funcionarios solo pueden ser alejados de su cargo bajo la anuencia del Departamento Deliberativo o por renuncia de los mismos.
“Vamos a iniciar el trámite de remoción de los funcionarios de esas áreas, a través del acuerdo del Concejo Deliberante. Dicha acción está debidamente fundamentada y hemos mencionando las causales por las que argumentamos esta decisión”, definió Nedela, quien aclaró que antes de ese paso se trató de salvar esta situación de manera directa con las personas que ocupan estos cargos. “Además como nueva gestión creemos que tenemos el derecho de hacernos cargos de manera directas de estas áreas tan sensibles para la administración”.
Acompañado por miembros de su gabinete Nedela dio lectura al documento detallando las situaciones observadas:

Universidad Nacional de La Plata Facultad de Ciencias Económicas
Secretaría de Investigación y Transferencia

CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA Y MUNICIPALIDAD DE BERISSO
RELEVAMIENTO DE EXPEDIENTES E INVENTARIO DE BIENES FÍSICOS EN USO

INFORME FINAL

I.            INTRODUCCIÓN

La Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de La Plata, a través de la Secretaría de Investigación y Transferencia, ha sido convocada por las nuevas autoridades de la Municipalidad de Berisso para realizar un relevamiento sobre la situación inicial del municipio. Las actividades encomendadas están referidas a dos aspectos fundamentales:

a.       Planificación y desarrollo del relevamiento, análisis y clasificación de la totalidad de expedientes del municipio, relativos a las contrataciones realizadas en el año 2015.

b.       Relevamiento  de  los  bienes  físicos,  verificación  del  estado  de  uso,  análisis  y clasificación de los expedientes relacionados a altas y bajas de bienes de uso.
Para llevar a cabo las tareas descriptas se formó un equipo de trabajo integrado por un Coordinador General, un Coordinador del relevamiento de expedientes, un Coordinador del inventario de bienes físicos y 5 consultores junior.

A continuación, se describen las actividades desarrolladas para cumplir con los objetivos propuestos:

a)       Relevamiento de expedientes 2015

Los objetivos definidos para esta actividad son los siguientes:

-         Determinar la Cantidad de Expedientes relativos a compras y contrataciones cuyas órdenes de compra se hayan emitido durante el 2015.

-         Determinar la Dependencia en la que se encuentra cada uno de ellos.
-         Clasificar los Expedientes según diferentes criterios de análisis.
-         Determinar el Estado͟ de cada  uno  de ellos.

Para cumplir con estos objetivos se diseñó una base de datos con la información que se consideró relevante para un análisis posterior. El criterio que se tomó para su confección fue considerar como registro válido aquellos expedientes cuyas órdenes de compra fueran emitidas durante el año 2015, independientemente de la fecha de inicio del mismo (en consecuencia se analizaron también aquellas actuaciones administrativas caratuladas en el año 2014 que se encontraban dentro de tales parámetros).
Con el fin de obtener el listado de expedientes a analizar se solicitó el acceso al sistema RAFAM1, en particular a los módulos Contrataciones y Bienes Físicos, y al sistema de Expedientes de la Municipalidad.
A través del acceso a ambos sistemas informáticos se obtuvo la información con la que se confeccionó una base de datos de actuaciones administrativas. Los campos relevados son los siguientes:

-         Número de Orden de Compra
-         Número de Adjudicación
-         Fecha de Emisión de la Orden de Compra.
-         Estado (Normal, Registrada, Anulada)
-         Dependencia Solicitante (quién que originó el pedido)
-         Fuente de Financiamiento
-         Tipo  de  compra  (Compra  Directa,  Concurso  de  Precios,  Licitación  Privada, Licitación Pública)
-         Número de expediente
-         Destino actual

Reforma de la Administración Financiera del Ámbito Municipal – Sistema Informático utilizado por los municipios de la provincia de Buenos Aires.
-         Descripción (qué rubro es el que motiva el gasto)
-         Detalle (qué fue lo que se compró/adquirió)
-         Concepto (Se efectúa una discriminación entre la adquisición de Producto y Contratación de Servicio)
-         Proveedor.
-         Importe.

b)       Relevamiento de bienes físicos

En primer lugar, se llevaron a cabo reuniones entre el personal del Municipio y los consultores de la Facultad de Ciencias Económicas para organizar y definir los objetivos del relevamiento. Se definió que el relevamiento se enfocaría a los más importantes, es vehículos y maquinaria de trabajo.
En principio se estableció que los lugares donde debería desarrollarse el relevamiento serían:
-         Corralón Municipal
-         Delegación Zona 1. Galpón y taller.
-         Delegación Zona 2. Galpón, taller y obras en diferentes lugares.

Posteriormente, se agregaron otras dependencias con el objetivo de obtener un panorama más completo de los bienes físicos del Municipio. De esta manera se relevaron los siguientes lugares:
-         Defensa Civil
-         Control Urbano.
-         Vivero Municipal
-         Cementerio
-         Dispensario Municipal Tetamanti
-         Unidad Sanitaria Nº 442.

Todas las visitas fueron realizadas por dos integrantes del equipo de consultores acompañados por un representante de la oficina, galpón, obra o taller municipal. En algunos casos y por diferentes motivos se necesitó más de una visita para completar el relevamiento.
En todos los casos se buscó relevar todos los bienes encontrados y que la identificación coincida con la marca, el modelo, número de serie, patente, y ubicación informados en los registros contables.

II.       LIMITACIONES AL DESARROLLO DE LA TAREA PROGRAMADA.

          Si bien se solicitaron en reiteradas oportunidades, no se tuvo acceso a los expedientes físicos (se requirió una muestra de 200 actuaciones administrativas). La información analizada se obtuvo a través de los distintos sistemas informáticos que utiliza el municipio, no pudiendo contrastarse la misma con la documentación formal correspondiente.
          La mayoría de los bienes físicos no poseen ningún tipo de identificación o codificación que permita asegurar que los mismos están registrados contablemente como bienes patrimoniales pertenecientes al Municipio.
          Se procedió a constatar los bienes en existencia y en qué condiciones se encuentran para su uso y su posterior correlación en la contabilidad, pero no se pudo hacer el control inverso, es decir que todos los bienes registrados estén en existencia por la falta de una identificación precisa del patrimonio.


Si bien el Municipio cuenta con 9 Unidades Sanitarias, se consensuo con el Secretario de Salud que se relevaría solo la Nº
44 por ser la única que cuenta con una ambulancia para traslado de pacientes. El resto de las Unidades no disponen de equipamiento de importancia.

III.      ANÁLISIS DE LOS DATOS

         Relevamiento de Expedientes

En el año 2015 se emitieron 1970 órdenes de compra (OC) por un monto total de pesos ciento sesenta y seis millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos treinta y un pesos con treinta y nueve centavos ($166.964.931,39).
Sin perjuicio de ello, noventa y seis (96) OC fueron posteriormente anuladas, razón por la cual el monto finalmente erogado (o en proceso de erogación) asciende a la suma de pesos ciento cincuenta y nueve millones novecientos sesenta y siete mil quinientos noventa y nueve pesos con ochenta y nueve centavos ($159.967.599,89).
La emisión de las OC no tuvo un comportamiento equilibrado a lo largo de todo el ejercicio, sino que el 62,1% de las mismas fueron generadas en el primer semestre del año, con picos durante los meses de enero, marzo y abril. En la segunda parte del año, las OC decrecieron, destacándose la merma de los meses de noviembre y diciembre (coincidente este último caso con el cambio de gestión).
Si tenemos en consideración los montos que implicaban las OC que se emitieron durante el período, se observa un pico en el mes de abril (más de 40MM de pesos) y en el mes de julio (más de 20MM de pesos), reduciéndose notablemente a partir del mes de agosto.
A continuación se adjunta cuadro explicativo, juntamente con los gráficos correspondientes que ilustran lo indicado precedentemente.
La modalidad de compra más utilizada fue la Compra Directa (CODI), seguida en menor medida por la Licitación Privada (LPRI), el Concurso de Precios (CONC) y finalmente la Licitación Pública (LPUB). Asimismo, desde el punto de vista del monto erogado de acuerdo al tipo de compra, la LPRI y la LPUB representan el 71% del total del gasto, resultando ello coherente atento que la discriminación expuesta está condicionada al monto que determina la normativa vigente aplicable en la materia para cada situación.
En el siguiente Cuadro, habiendo depurado ya las actuaciones que fueron finalmente interrumpidas (OC Anuladas), se pueden observar los totales, porcentajes, montos totales y promedios correspondientes a cada modalidad de compra.
Aquí es dable destacar que del relevamiento realizado, se detectaron adquisiciones y/o contrataciones por CODI y LPRI cuyo monto excedía el estipulado para cada modalidad, no pudiendo constatarse si los mismos correspondían a las situaciones de excepción que se encuentran previstas en la normativa, atento la imposibilidad de contar con los respectivos expedientes para su cotejo.
Ahora bien, desde la óptica de la dependencia solicitante (área que origina la compra y/o la contratación), se observa que el 86,8% de los expedientes son requeridos por Obras y Servicios Públicos (Planeamiento, Obras Públicas, Servicios Públicos, Saneamiento Ambiental, Automotores y Embarcaciones Oficiales, entre los más importantes), Intendencia (Delegaciones Municipales, Comunicación Institucional, Intendencia, Sistema de Información Municipal, Juzgado de Faltas, Asesoría Letrada, Institutos, Casa de Tierra y Atención al Consumidor), Promoción Social (Acción Social, Deportes, Salud, Cooperativas, Juventud y Discapacidad), Economía (Compras y Suministros, Sueldos, Tesorería, Rendiciones, Contaduría, Ingresos Públicos, Control de Ingresos, Licencias de Conducir, por mencionar las más representativas) y Guarderías e Institutos. No obstante, los tres primeros aglutinan el 85,4% del gasto total.
Esta distinción se concretó teniendo en consideración el organigrama que se encuentra informado en la página web del municipio correspondiente a la gestión anterior3 (http://www.tasasberisso.gba.gov.ar/intendencia/intendencia.html), en virtud que la estructura formal del Poder Ejecutivo Municipal, si bien fue solicitada oportunamente, no fue provista por las autoridades pertinentes.
En relación al objeto del gasto, de la información recolectada se puede observar que el 72% de las operaciones corresponde a la compra de productos (aunque el monto erogado

3  Se consideró oportuno tomar la estructura anterior ya que las OC analizadas corresponden a la gestión que finalizó en diciembre 2015. Esto representa el 43% del total) y el 28% a la contratación de servicios (equivalente a un 55% del monto total).
En el mismo sentido, se efectuó un discernimiento de acuerdo a la descripción del gasto, indicándose en el cuadro adjunto los resultados encontrados.
Aquí se puede observar que los ítems Materiales de Construcción, Repuestos e Insumos, Mantenimiento/Reparación, y Servicios Públicos/Acción Social representan el 72,8% del gasto total.
En relación a los proveedores, el Municipio ha utilizado durante el ejercicio económico 2015, únicamente a doscientos sesenta y cinco (265) proveedores, de los cuales treinta
(30)    absorben el 75% del monto total erogado.
Si bien los proveedores 3 y 6 (Avistar SRL), en el sistema RAFAM, se encuentran identificados como sociedades distintas, se entiende que constituyen una misma empresa por cuanto el monto total pagado al mismo superaría los 20MM de pesos (y, de esta manera se ubicaría en segundo lugar, solo por detrás de Vilsanto Servicios y Construcciones SRL).
También puede verse este ítem (Proveedores), desde la óptica de la cantidad de OC que se generaron por cada uno de ellos. Aquí se observa que el 61% de las OC generadas en el transcurso de año se emitieron en favor de solo treinta (30) proveedores.
Se destaca la situación del proveedor SEGURA DARIO ADRIAN quien, con 177 órdenes de compra, representa aproximadamente el 10% del total de las OC emitidas en el ejercicio 2015 (por un total de $738.182,15), más que duplicando en cantidad de OC al proveedor LANDUCCI MARIO  ESTEBAN,  que con 72 operaciones se encuentra en segundo  lugar ($850.693,60) .
En  promedio,  dicho  proveedor  generaba  14,75  OC  en  forma  mensual,  contra  las  6 emitidas en favor de quien lo secunda en este ítem.
Atento la relevancia de un adecuado análisis de los proveedores, se adjunta también la información referida al rubro de cada proveedor para las dos situaciones referidas ut supra (cantidad de OC y monto involucrado en cada una de ellas).

1.       Relevamiento de Bienes Físicos

Los datos relevados de los bienes patrimoniales de  la  Municipalidad de  Berisso  y su posterior análisis se agruparon en las siguientes clasificaciones:

•        Por estado de los bienes: uso o desuso
•        Por Dependencia y su estado de uso o desuso
•        Por correlación entre la inspección ocular y los registros contables.

El objetivo buscado en la clasificación por estado, responde a poder tener una visión global de la cantidad de bienes relevados que se encuentran disponibles para su uso en las actividades del municipio, en la clasificación por dependencia (que también se combinará con la clasificación por estado de los bienes) se busca brindar información sobre el lugar físico en el que se encuentran dichos bienes relevados y al mismo tiempo conocer qué proporción de los mismos se encuentran en condiciones de ser utilizados por cada dependencia; y por último, en la clasificación según la correlación entre el relevamiento realizado y los registros contables se busca brindar información sobre cuáles de los bienes relevados se encuentran identificados y expuestos con precisión en los registros contables del Municipio, precisamente, qué bienes de los relevados se encuentran expuestos en los informes que brinda el Sistema RAFAM. Por correlación entre relevamiento y registros contables.
A través de una correlación entre el relevamiento realizado y los registros contables se puede determinar cuáles de los bienes relevados se encuentran expuestos con precisión en los registros contables patrimoniales del Municipio.
Como podemos observar en el siguiente gráfico, del total de bienes relevados, el 43% de los mismos pudieron ser  identificados en los registros patrimoniales del Municipio, a través del sistema RAFAM, en tanto que el 57% de los bienes no están identificados con la precisión y detalle que permitan una segura correlación entre los bienes observados y los contabilizados.
A partir de la presentación y análisis de la información relevada se considera oportuno realizar algunas sugerencias para mejorar aspectos referidos a la gestión de los bienes físicos y de los expedientes.
-      Formular y aprobar formalmente un Plan de compras y contrataciones para resguardar los principios de economía, eficiencia y eficacia.
-                Elaborar y aprobar un procedimiento administrativo que, en consonancia con la normativa legal vigente en la materia, determine claramente cómo gestionar las solicitudes de compras y/o contrataciones que se formulen (Áreas intervinientes, Responsables, Niveles de Autorización, Plazos, etc.), como así también los permisos de acceso y perfiles para la utilización del sistema RAFAM. Esto atento a la criticidad de dicha labor.
En el mismo sentido se sugiere la aprobación e incorporación de una unidad ad- hoc que se ocupe del seguimiento y control del cumplimiento de dicho procedimiento y de la normativa que regula la materia. Esta dependencia, a efectos de evitar posibles conflictos de intereses, se aconseja dependa directamente del Sr. Intendente y está integrada por un grupo de profesionales idóneos e independientes.
-                Implementar un sistema de identificación de los bienes patrimoniales que permita una adecuada gestión de los mismos para lograr homologar la información tanto física como contable, asegurando un adecuado control.
-                Revisar el sistema de Información de las novedades en materia de bienes de uso, dejando constancia cuando un bien no está en uso (temporalmente o definitivamente) para su tratamiento contable y su correspondiente análisis de las pólizas de seguros.
-      Redactar y aprobar procedimientos que asegure una adecuada custodia de los activos fijos en los diferentes sectores del municipio, ya que los métodos actuales observados resultan muy precarios y vulnerables al ingreso y egreso de los vehículos a su lugar de depósito.

OTRAS OBSERVACIONES

En el marco del relevamiento de inventario efectuado, se ha detectado que el procedimiento de control de combustible almacenado en los tanques no es un método preciso a tales fines.
Además, se ha observado que se provee combustible tanto a las unidades propiedad del municipio como así también a particulares (sin su registración pertinente). Aquí habría que revisar el motivo y circunstancias en la que se emitió tal autorización y rever tal modalidad.

Rendición de Cuentas

En la oportunidad el intendente municipal, expresó observaciones respecto de la Rendición de Cuentas del año 2015.

VISTO: El expediente 4012-1723-2015 
CONSIDERANDO:         
                                  Que el proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo se estima en la suma de $215.070.000,00 lo que ingresara por Coparticipación  Ley Nº  10.559 en el año 2015, y que lo percibido efectivamente fue de $206.326.321,49  como consecuencia se ha recaudado menos  por este concepto $8.743.678,51.
                                  Que el ingreso tributario estimado por la  Servicios Generales Urbanos fue $52.500.000,00, con una modificación de $620.762,28 lo que generó un definitivo de $53.120.762,28 pero lo llamativo es  que efectivamente se recaudó $38.553.116,01 es decir  $14.567.646,27 menos, esto representa un  error del cálculo 37,78%  del tributo.
                                  Que  el ingreso estimado por el tributo de Inspección de Seguridad e Higiene fue de  $32.000.000, que se realizó una modificación de $3.004.553,80 generando un definitivo de $35.004.535,80 y se percibió por dicho tributo $35.958.227,33 en este caso la recaudación excedió la estimación en $953.691,53.
                                  Que se percibió Aporte del Tesoro Nacional por $8.000.000,00 y queda claro entonces que la administración recaudó por los conceptos mencionados $23.311.324 menos de lo que estimó por ingresos tributarios, ingresos no tributarios y cabe señalar que excedió lo que estimó en concepto del primer párrafo mencionado y el tributo de Inspección de Seguridad Higiene lo que sumado arroja el importe  de $8.953.691,53.
                                  Que en todo concepto entre lo estimado y lo percibido existe una diferencia negativa de $14.357.633,25 paradójicamente es la cifra similar  a la diferencia del error cálculo  del tributo de  Servicios Generales Urbanos.
                                  Que a fs. 206  se detalla que la fuente 110- de libre disponibilidad tenía un crédito definitivo de $92.592.525,84 y un devengado de $158.719.297,39 generando un exceso de $66.126.771,55. A fs. 156 fuente 131- afectado de origen municipal tenía un crédito definitivo de $374.806,76 y un compromiso de $28.000 generando una economía de $346.806,76. A fs. 164 se detalla que fuente 132 de origen provincial tenía un crédito definitivo de $27.746.154,65 y un devengado de $20.632.198,40 generando una economía de $7.113.956,25. A fs. 168 la fuente 133 de origen nacional registraba un crédito de $27.624.398,70 y un devengado de $4.543.719,82 generando una economía de $23.080.678,88.
                                   Que de lo expresado precedentemente se infiere que entre las economías $30.541.441,89 y los excesos $66.126.771,55 arrojan un saldo negativo por un monto de $35.585.329,66 fs. 236, lo que indica una profunda contradicción desde el punto de vista del sentido común, que a todas luces muestra un exceso presupuestario y por otro lado que no se cumplieron la mayoría de las Metas Físicas Programadas (fs. 302-305 del presente expediente). No se observa tampoco una cuenta corriente (resumen) detallando la deuda flotante con cada proveedor.
                                   Que de lo detallado hasta aquí del presente expediente y del análisis particularizado se verifican significativos desequilibrios, que generan resultados financieros enmarcados en una baja "calidad de gestión presupuestaria" y "calidad de la gestión tributaria", el equilibrio financiero, que ha dominado como paradigma el contenido de la legislación vigente en materia municipal responde a la máxima de "no asignar recursos, mas allá de que esté asegurado su financiamiento, sin embargo, su exteriorización contable, que es la cuenta del resultado financiero, responde a una mezcla de criterios de imputación en los ingresos y los gastos, constituye una forma sutil de mostrar menos desequilibrio como es este caso.
                                   Que una definición de resultado financiero, que es de carácter legal, y es en la que se ha basado el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires para establecer las medidas punitivas u observables,  pero sin  tomar en consideración los indicadores de la eficacia del gasto.
                                   Que con fecha 9 de diciembre 2015 es decir antes del cierre del ejercicio 31/12, la Auditoria de delegación Zonal ha solicitado un estado de resultado art. 44 Dto. Nº 2980/00 al "31/10/2015" el mismo reflejaba como corolario en ese momento como resultado de la norma antes mencionada un "déficit" de $15.222.797,41. En consecuencia la Auditoría realizó concreta observación por incumplimiento a lo dispuesto por los artículos 31 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 17 y 44 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios en el marco del Decreto Nº 2980/2000.
                                   Que como queda demostrado más adelante, decimos que el objetivo del equilibrio financiero debe plantearse en un marco más grande que lo contiene: el de la eficacia y la eficiencia de la acción de gobierno, y en ese planteo el equilibrio se constituye en una restricción,  que obliga a la toma de decisiones responsables al poder administrador, cuestión que de la verificación de la documentación del presente expediente no se desprende, muy por el contrario, generan la sensación de una administración irresponsable, donde se compraba a precios por encima del mercado.
                                    Que el desequilibrio financiero que se percibe en esta rendición de cuentas, más allá de límites de tolerancia de difícil precisión, produjo efectos no deseados y fue la antesala de la actual crisis financiera por un nivel inadecuado de gestión en la que algunos creyeron que el estado municipal les pertenecía y que nunca se produciría la alternancia, lo que garantizaba la continuidad de actos administrativos,  como en oportunidad de verificar las Licitaciones Privadas de Servicios efectuadas por la Comuna en el periodo 22/1/2015 a 02/02/2015 se detectó que en las licitaciones correspondientes mayoritariamente a la recolección de residuos no habituales en distintas zonas del partido y de distribución de agua potable en menor medida, los adjudicatarios de las mismas cotizaron el monto de $254.232,00 
                                 Que el Honorable Tribunal de Cuentas dada la concentración en un acotado período de tiempo de los distintos procedimientos licitatorios, y la "coincidencia" de los montos licitados adjudicados, recomienda a la Oficina de Compras del Municipio que ejerza un mayor control sobre las licitaciones de un mismo servicio de forma tal de garantizar para las mismas el mayor grado de "transparencia posible" siguiendo los principios generales que para las contrataciones establece el artículo 100 de las Disposiciones de ADMINISTRACION DE RECURSOS FINANCIEROS Y REALES  del Decreto2980/00. Está claro que todos se pusieron de acuerdo en perjuicio de la administración del municipio, lo que faltaría es meritar la actuación de la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería ya que si desde el proceso de afectación de recursos, apertura de licitación, la emisión de las órdenes de compra la liquidación de las órdenes de pago y la posterior emisión de los cheques para su cancelación.
                                  Que en ese mismo sentido el concurso de precios Nº 24/15 que se tramitó mediante Expediente Nº 449/2015 " SIN FOLIATURA ALGUNA"  según informe de los funcionarios del Honorable Tribunal de Cuentas Cr. Gustavo H. Suarez, Auditor y Oficial Mayor de Estudios Cra. Andrea K. Mele de fecha 9 de diciembre del 2015, que la comuna adjudicó la  adquisición de materiales eléctricos por valor de $115.591, 88, que se informa que al expediente respectivo se agregan 2 (dos) constancias de invitación debidamente suscriptas y 2 (dos) ofertas firmadas, que corresponde a los proveedores invitados. En consecuencia, al expediente no se adjunta la documentación, que avale la invitación a 3 (tres) firmas previstas por los artículos 153 de la Ley Orgánica de las municipalidades y 191 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
                                   Que en este caso se formuló observación concreta por parte del Honorable Tribunal de Cuentas por incumplimiento a lo dispuesto por las normas mencionadas, con las consecuencias previstas en los artículos 241/244 de la Ley Orgánica Municipal.
                                   Que la Licitación Privada  Nº 35/15 indicada en el título, tramitada mediante Expediente Nº 4012-162-2015 la Comuna adjudicó el servicio de construcción de veredas, colocación de refugios, construcción de bases de columnas, cámaras y sumideros por valor de $525.250,00 por el período comprendido entre el 02/02/2015 y 31/12/2015 y que a fecha 9 de diciembre todavía no se había aportado al expediente el listado de personal con constancias de altas en Afip, formularios de aportes contribuciones ART y seguros de acuerdo con el contrato suscripto con la adjudicataria, tampoco se verificaba al mes de diciembre la copia del legajo de la misma, el detalle de las obras ejecutadas su correlación con las presupuestadas y las respectivas "CERTIFICACIONES DE LAS TAREAS EJECUTADAS".
                                   Que según existen irregularidades en el otorgamiento de subsidios a indigentes, no contando con la documentación respaldatoria, por ejemplo encuesta socioeconómica, entre otras, en  resguardo a la privacidad de la información referida a las personas afectadas se mencionan solamente las Ordenes de Pago de la irregularidad :  Nº2601,2602,6619,2429,2430,2431,5713,5714,5715,5716,2611,2612,2613,5719,5720,1957,1958,1959,1960,4797,4798,2608,2609,5698,5700,5701,3611,3613,6437 por un total de $ 30.000.
                                   Que por expediente Nº 185/2015 se emitió Orden de Compra por 19 tambores de aceite hidráulico- BP68  por 205 litros por valor de $7.500 c/u  generando un total de $142.500, con fecha 21/1/2015 y por expediente 2555/2015 del 26/05/2015 se emitió Orden de compra de 42 tambores de aceite hidráulico por valor de $7.500 c/u y un total de $315.000,00  Con fecha 20/07/2015 se emite Orden de Compra por 45 tambores de 205 litros de aceite hidráulico- BP68  por $7.500 c/u generando un total de $337.500,00 Con fecha  02/11/2015 se emitió Orden de Compra por 35 tambores de 205 litros c/u precio unitario $7.500 totalizando $262.500,00, en resumen se compraron 141 tambores equivalente a 28.905 litros de aceite hidráulico, que conservó el mismo precio a lo largo de todo el año, a pesar que los derivados del petróleo aumentaron un promedio de 18.3 % durante 2015.
                                    Que la captura de pantalla que se adjunta corresponde al mismo artículo que la Comuna compró por valor de $7.500,00. Que el precio indicativo es por unidad y en una conocida plataforma de compra venta, la diferencia que la misma se realizó el lunes 23 de mayo de 2016 a las 10:00hs. Para concluir la cuestión es destacable que el parque automotor trabajaba mucho más en épocas electorales, ya que de los 28.905 litros que se gastaron en el año, 25.010 se gastaron entre agosto PASO y Noviembre Segunda vuelta.
                                     Que a los efectos de realizar una consideración global no se puede dejar de mencionar un párrafo especial para las cooperativas que el municipio se resiste a informar el estado de incompatibilidades de los socios con respecto a la Administración Municipal, también observado en el informe de 9 de diciembre de 2015.-
                             Que considerando las incompatibilidades, al cierre del estudio de la rendición de cuentas se contó con información que deberá ser corroborada con posterioridad al tratamiento y que podría generar la figura penal de negociaciones incompatibles con la función pública y falta de cumplimiento de los deberes de funcionario público y otras cuestiones a las cuales los firmantes del presente despacho hacemos reserva.
                              Que por lo dicho precedentemente, en referencia a la actual Jefa de compras Sra Dvorsky, Nora Isabel legajo personal 2182 cuyo domicilio declarado ante el municipio es calle Nº 2  Nº 4694, entre 168 y 169.- Teléfono Nº 4644398,  durante el ejercicio 2015 adjudicó mediante OC (orden de compra) Nº47,  380, 703, 1227, 1242, 1535, 1711, 1823, 1831, 1832, 1958, 1965/2015 a un proveedor cuya razón social es Donato Florencia Victoria, cuyo domicilio declarado en el registro de proveedores es calle Nº 2 Nº 4694, entre 168 y 169.- Teléfono 4644398.
                              Que a la firma Donato Florencia Victoria C.U.I.T: 27-37824253-9 inscripta en el monotributo en categoría E de fecha 1-2-2013, se le emitieron 23 cheques por el importe de 57.081,50, que efectivamente cobró.
                              Que el proveedor de referencia es la hija de la Sra. Jefa de Compras incumpliendo de esta manera la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 6º.- punto 2, cuando dice  que no serán admitidos como miembros de una Municipalidad, los que directa o indirectamente están interesados en algún contrato en que la Municipalidad sea parte. Constituye la presente FALTA GRAVE y corresponde proceder a la remoción de su cargo.
                              Que el señor Héctor Benítez Tesorero municipal firmó los cheques correspondientes a las OC (órdenes de compra) Nº475, 647, 648, 649, 650/2015, por valor de 22.987,00 con cinco cheques emitidos.-
                              Que esos cheques fueron emitidos a nombre del proveedor Nº 1177 inscripto bajo el nombre Liliana Miriam Jorge que resulta ser la esposa del Sr. Héctor Benítez, incumpliendo con la  Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 6º.- punto 2 motivo por el cual se constituye FALTA GRAVE y  corresponde proceder a la remoción de su cargo.
                              Que todo esto ocurrió con la firma en toda la documentación pertinente,  del funcionario Rubén Fernández Secretario de Hacienda y actual contador del Municipio por que se  considera Falta Grave reiterada ya que como contador también realizó actos administrativos respectivos y corresponde proceder a la remoción de su cargo.
          Cabe destacar que varias de las conductas descriptas además de implicar faltas graves podrían constituir actos ilícitos que  será la justicia la que deberá determinarlo.
                                  
                                   










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